Aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas de mínimos vitales

El pleno celebrado el pasado lunes, 4 de marzo, ha aprobado con los votos a favor de PP y Psoe y la abstención de Podemos las bases reguladoras que regirán las ayudas para garantizar el derecho al acceso de suministros mínimos vitales para el año 2019.

Según ha detallado el ayuntamiento, estas bases tienen el objetivo de establecer las normas que han de regir los beneficiarios además de las obligaciones que se deriven, que serán gestionadas por el Servicio Social Base del consistorio.

Para poder optar a estas ayudas deberán ser personas empadronadas y residan en Coria, ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean huérfanas o estén emancipadas, por concesión judicial o de quienes ejerzan la patria potestad, residir en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud o carecer de rentas o ingresos suficientes.

En aquellas unidades de convivencia en las que haya algún miembro con una discapacidad en grado igual o superior al 65 % o tuvieran reconocida la situación de Dependencia, con independencia del Grado y Nivel, se incrementará un 10 % por cada miembro de la unidad de convivencia.

El ayuntamiento considerará  gastos subvencionables a los  gastos de energía eléctrica y gas natural, gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua potable y las tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro, salvo el alcantarillado y la basura aunque dichos conceptos estuvieran incluidos en la facturación del suministro de agua potable. También, los gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de energía eléctrica, gas natural y agua potable y por último, gas butano.

Los destinatarios presentarán las solicitudes y la indicación expresa de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, adjuntando, en todo caso la documentación necesaria que acredite las circunstancias alegadas de posible valoración.

El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Cáceres hasta el día 20 de diciembre del año en curso, salvo que se agote antes la cuantía asignada a esta finalidad.

Para finalizar, desde el consistorio han recordado que la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura ha concedido al ayuntamiento, el pasado día 2 de enero de 2019, una subvención de 27.000 euros para estas ayudas, añadidas al presupuesto de gastos municipales de 2019.