A DOS SEMANAS DE QUE COMIENCE LA COMPENSACIÓN POR EXCEDENTES DE ENERGÍA, COMUNIDADES Y EMPRESAS SIGUEN ESPERANDO
El sector energético muestra preocupación ante el actual retraso en la armonización de los procesos de gestión y comunicación de nuevas instalaciones de autoconsumo fotovoltaico previstos en el Real Decreto 244/2019 del pasado 5 de abril. Entre esos procesos que aún siguen pendientes están los que habrán de regir el sistema de compensación por excedentes de energía de autoconsumo, cuyo comienzo se espera para primeros del próximo agosto.
Los días van pasando y aún no está claro que pueda llegarse a tiempo. Esa es la conclusión a la que parecen haber llegado comunidades y empresas del sector fotovoltaico de nuestro país según Gonzálo González, responsable del Area de Ingeniería de la empresa de renovables Cambio Energético. El pasado 5 de abril se publicó, entre el clamor general, el Real Decreto 244/2019 sobre autoconsumo energético en España. La nueva norma establecía en su Disposición Adicional Primera un plazo de 3 meses para que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) estableciera la adaptación de formatos y protocolos de comunicación entre las empresas distribuidoras, comercializadoras y comunidades autónomas. El decreto establecía igualmente un plazo de 1 mes adicional a las distribuidoras y comercializadoras eléctricas para realizar los cambios técnicos y administrativos necesarios en sus sistemas que permitiesen comenzar a trabajar según lo establecido por el Decreto. Sin embargo, a apenas dos semanas de que se cumpla el primer plazo, el próximo 7 de agosto, comunidades autónomas y empresas siguen sin saber exactamente cómo habrán de operar bajo la nueva normativa. Si bien la CNMC ya ha finalizado una propuesta metodológica (CIR/DE/001/19), dicha propuesta está aún pendiente de recibir vía libre por parte de la Administración. Teniendo en cuenta la actual situación de interinidad del gobierno, es difícil saber si la aprobación llegará a tiempo de cumplir los plazos establecidos por el Real Decreto. Entre tanto, las comunidades autónomas se enfrentan como buenamente pueden a la tramitación de nuevas instalaciones, haciendo uso de los recursos que han tenido hasta ahora y con buena disposición para con los agentes implicados, lo que, sin embargo, no puede evitar que salgan a la luz las evidentes diferencias entre unas comunidades y otras. De este modo, mientras en comunidades como Andalucía no se aplican tasas para la tramitación de nuevas instalaciones, otras comunidades como Extremadura o Madrid sí las contemplan, con variaciones en el precio.
Del mismo modo, para la legalización de nuevas instalaciones fotovoltaicas, algunas comunidades como Asturias o Canarias exigen que la empresa o instalador que realice el proceso se haga también responsable de la instalación ya existente a la que se interconecta la nueva, lo que supone que haya instalaciones que, por potencia instalada, debieran estar exentas de presentar un proyecto de ingeniería pero que han de presentarlo por la necesidad de incluir la instalación ya existente. La disparidad de procesos tiene lugar incluso en los procesos de registro de nuevas instalaciones, que varían tanto en el número y naturaleza de los datos solicitados como en el mismo formato de los documentos establecidos para tal fin. Compañías distribuidoras y comercializadoras no están exentas tampoco de la incertidumbre actual y continúan a la espera de conocer los procedimientos a los que habrán de adaptarse para llevar a cabo no sólo la comunicación con usuarios y comunidades, sino también la gestión técnica de nuevos mecanismos como el autoconsumo compartido o el ya mencionado sistema de compensación por excedentes de energía de autoconsumo, auténticas medidas “estrella” del nuevo decreto que han venido a revolucionar, al menos sobre el papel, el panorama energético de nuestro país. www.cambioenergetico.com