El Ayuntamiento destina más de 50.000 euros para ayudas sociales
Publicadas las bases en el BOP con fecha del 15 de marzo de 2023.
El Ayuntamiento de Coria ha informado de la publicación de las bases para las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias para este año 2023. Precisamente, las bases se han publicado en el Boletín Oficial de la Provincial (BOP) con fecha de 15 de marzo de 2023.
El importe total de las ayudas será de un máximo de 54.783,73 euros sobrante de 2022, que se imputarán a una de las partidas del presupuesto de gastos de 2023, según detallan desde la Administración local.
Estas ayudas serán gestionadas por el Servicio Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Coria y son prestaciones económicas no periódicas a otorgar a las personas residentes en Extremadura, que por situaciones extraordinarias no pueden hacer frente, por sí mismas o mediante los recursos sociales e institucionales disponibles en el entorno, a determinados gastos considerados básicos, requiriendo atención en un breve plazo de tiempo con el fin de prevenir, evitar o paliar procesos de exclusión social y garantizar de manera temporal la cobertura de las necesidades personales básicas de subsistencia.
Según el Consistorio, dichas ayudas no tendrán carácter periódico o indefinido, limitándose a cubrir mediante un pago único las necesidades puntuales e inusuales originadas por contingencias extraordinarias que afecten a las personas destinatarias. Tienen carácter finalista, debiendo destinarse exclusivamente a financiar el gasto para el que han sido concedidas y serán compatibles con la percepción de otras pensiones, prestaciones, ayudas o servicios a cargo de las Administraciones públicas o entidades públicas o privadas concedidas para la misma finalidad.
Serán beneficiarias las personas mayores de edad y que estén empadronados en Coria. Deben de ser personas en cuya unidad familiar no haya ingresos suficientes o carezcan de rentas. Estas ayudas serán destinadas a afrontar gastos de alojamiento, necesarios en instalaciones, equipamiento básico u otros útiles de primera necesidad de la vivienda habitual, gastos referidos a las necesidades primarias, aquellos necesarios de asistencia sanitaria, los destinados a atender una carencia crítica de carácter excepcional, ocasionados por una situación social y, gastos de endeudamiento previo originados por cualquiera de los conceptos anteriores con una antigüedad máxima de doce meses.
Las personas solicitantes presentarán las instancias de acuerdo al modelo de solicitud del Anexo I que aparece publicado en el BOP. Dicha solicitud deberá acompañarse de la documentación que le sea requerida para acreditar el cumplimiento de los requisitos.